Legal · 5 min de lectura
¿Quién se queda con la mascota tras una separación? Lo que dice la ley en España
Hasta hace poco, un perro o un gato se repartía en un divorcio igual que el sofá: era un bien, y se quedaba con él quien fuera su dueño. Desde 2022 eso ya no es así. Te explicamos qué cambió, qué dice exactamente el Código Civil y qué conviene dejar por escrito para no acabar discutiendo.
Qué cambió en 2022
La Ley 17/2021, en vigor desde el 5 de enero de 2022, reformó el Código Civil para cambiar la forma en que el derecho trata a los animales. El nuevo artículo 333 bis lo dice en una frase:
"Los animales son seres vivos dotados de sensibilidad."
Parece una declaración simbólica, pero tiene consecuencias muy concretas en una separación: el animal deja de repartirse como un objeto y pasa a tener su propio apartado, con reglas pensadas para su bienestar.
Qué dice exactamente el Código Civil
Hay dos artículos clave. El primero es el artículo 90, que regula el convenio regulador —el acuerdo que firma la pareja al divorciarse—. Desde la reforma, ese convenio tiene que incluir:
"El destino de los animales de compañía, en caso de que existan, teniendo en cuenta el interés de los miembros de la familia y el bienestar del animal; el reparto de los tiempos de convivencia y cuidado si fuere necesario, así como las cargas asociadas al cuidado del animal."
Es decir: con quién vive, cómo se reparte el tiempo y quién paga qué. Tres cosas que antes podían quedarse en el aire y ahora forman parte del acuerdo.
El segundo es el artículo 94 bis, para cuando la pareja no se pone de acuerdo y decide un juez:
"La autoridad judicial confiará para su cuidado a los animales de compañía a uno o ambos cónyuges, atendiendo al interés de los miembros de la familia y al bienestar del animal, con independencia de la titularidad dominical de este y de a quién le haya sido confiado su cuidado."
Fíjate en el "uno o ambos": la ley contempla expresamente la custodia compartida del animal, no solo adjudicarlo a una de las dos personas.
El microchip no decide
Es lo que más sorprende. Mucha gente da por hecho que el animal es de quien figura en el microchip, o de quien lo pagó. Pero el artículo 94 bis dice que el juez decide con independencia de la titularidad: estar registrado como dueño no garantiza quedarse con él.
Lo que manda es el bienestar del animal y el interés de la familia. La ley no da una lista cerrada de criterios, pero las preguntas que se desprenden son bastante obvias: quién se ha ocupado de él en el día a día, quién puede atenderlo ahora, en qué condiciones va a vivir en cada casa y qué vínculo tiene con cada miembro de la familia, incluidos los hijos si los hay.
¿Y si no estabais casados?
Los artículos 90 y 94 bis están pensados para la separación y el divorcio de matrimonios. Si erais pareja de hecho o simplemente convivíais, también podéis llegar a un acuerdo sobre el animal —y es lo más recomendable—, pero si hay que ir a juicio el camino es otro. Ahí sí conviene hablarlo con un abogado desde el principio.
Lo que conviene dejar por escrito
La gran mayoría de estos casos no llegan a un juez: se resuelven con un acuerdo. Y un buen acuerdo es el que se puede cumplir sin tener que renegociarlo cada semana. Estos son los puntos que más discusiones evitan:
1. Con quién vive y cómo se reparte el tiempo
Si el animal va a turnarse entre las dos casas, el calendario concreto: cada cuánto se cambia, qué día y a qué hora. Cuanto más concreto, menos se discute después.
2. Quién paga qué
Comida, veterinario, seguro, vacunas, peluquería. La ley habla expresamente de las "cargas asociadas al cuidado del animal": es un punto que se espera ver resuelto, no un detalle.
3. El veterinario de referencia
Uno para las dos casas. Con el historial en un solo sitio, nadie tiene que reconstruir de memoria qué vacunas tocan.
4. Quién decide en lo médico
Las urgencias las resuelve quien esté con el animal en ese momento. Las decisiones grandes —una operación, un tratamiento largo y caro— mejor acordar que se toman entre los dos.
5. Vacaciones y viajes
Si uno viaja durante su turno, ¿tiene preferencia el otro para quedárselo, o se contrata a un cuidador? ¿Quién lo paga? Es de las primeras fricciones que aparecen.
6. Qué pasa si alguien se muda
Un reparto semanal que funciona a diez minutos deja de funcionar a doscientos kilómetros. Mejor prever desde el principio cómo se revisará el acuerdo.
Aviso: este artículo explica la ley de forma divulgativa y no sustituye el asesoramiento de un profesional. Si estás en un proceso de separación, consulta con un abogado de familia tu caso concreto.
Del acuerdo firmado al día a día
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